Las prácticas requeridas para acreditar la finalización de las carreras de Bioingeniería e Ingeniería en Transporte fueron habilitadas transitoriamente para desarrollarse en forma remota mientras perduren el aislamiento y distanciamiento sociales obligatorios debido a la pandemia del Covid-19.


Los alumnos de la Facultad de Ingeniería que deban realizar sus Prácticas Profesionales Supervisadas (PPS) podrán hacerlo en forma virtual o remota, a través de Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs), mientras rijan las restricciones derivadas del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio o el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio, decretados en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia del Covid-19. De esta forma, podrán finalizar su trayecto académico.

La posibilidad está dada con la modificación transitoria del Reglamento para la Práctica Profesional Supervisada Obligatoria de alumnos de la carrera de Bioingeniería de la Facultad de Ingeniería de la UNER, que aplica también para la carrera de Ingeniería en Transporte; y a la introducción de una cláusula transitoria en el Convenio Modelo para la realización de las PPS entre la Facultad y las respectivas entidades anfitrionas de la práctica.

Al aprobar la modificación transitoria del Reglamento, el Consejo Directivo consideró la dificultad que supuso la suspensión de las PPS como consecuencia del aislamiento y distanciamiento social y la imposibilidad de su realización presencial por no estar entre las actividades prioritarias. Asimismo, resaltó la importancia de solucionar el problema para no retrasar la graduación de los alumnos.

La resolución C.D. Nº111/20 contempló a su vez la necesidad de adecuarse a las nuevas realidades que contemplan el teletrabajo, no sólo como una opción ante la emergencia sanitaria sino también como una nueva forma de organización laboral, por la que posiblemente puedan optar algunas de las entidades que reciben a estudiantes avanzados de Bioingeniería e Ingeniería en Transporte.

Por lo tanto, se aprobó como artículo transitorio al Reglamento correspondiente que “las Prácticas Profesionales Supervisadas Obligatorias podrán realizarse a distancia mediante el uso de Tecnologías de Información y Comunicación”.

En tanto, se incorporó al modelo de Convenio Individual de Práctica Profesional Supervisada Obligatoria (PPS) entre la Facultad y la Institución que reciba al alumno practicante una cláusula transitoria según la cual: “Mientras dure la situación de emergencia sanitaria provocada por el covid-19, las PPS se efectivizarán únicamente utilizando todos los medios informáticos y de prevención necesarios tendientes a respetar los Decretos de Necesidad y Urgencia dictado por el Presidente de la República Argentina en relación al covid-19 y sus normas complementarias”.

Acceder a la resolución C.D. Nº111/20 

Acceder al Reglamento para la Práctica Profesional Supervisada Obligatoria




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