Se encuentra abierta la convocatoria para solicitar Becas para el cursado de carreras de IV nivel. 

A continuación se detallan características de la convocatoria a tener en cuenta:

● Tipos de Becas: Iniciales y de Renovación.

● Destinatarios/as: Pueden solicitar beca los/as docentes ordinarios/as e interinos/as y el personal administrativo y de servicios de planta permanente o transitoria que posean DOS (2) años de antigüedad en la institución. El beneficio que se otorgue tanto para los/as docentes interinos como para el personal de planta transitoria, caducará automáticamente en el caso de cesar la relación contractual con esta universidad. (Art. 3° Ordenanza 390).

● Criterios generales para el otorgamiento de becas:

  1. Vinculación entre la formación requerida y el ámbito de ejercicio de la docencia o pertinente a las funciones que desempeñe el/la docente (Art. 4° Ordenanza 390).
  2. Vacancia de Recursos Humanos con formación de posgrado en áreas disciplinarias o en áreas
    de desarrollo técnico-administrativo prioritarias para la institución (Art. 4° Ordenanza 390).
  3. Las carreras a financiar deben estar acreditadas por la CONEAU.
  4. Las carreras a financiar no deben estar alcanzadas por otro programas de la UNER destinado a fortalecer el posgrado.
  5. Criterios de priorización (Resolución “C.S.” 140/17 Anexo III).:
    • financiamiento del 100% del monto correspondiente a cuotas y matrícula para carreras dictadas en esta universidad; 70% para carreras de otras universidades públicas y 50% para carreras de universidades privadas
    • financiamiento del 100% de las becas para realización de doctorados.
  6. Para becas de renovación, haber presentado los informes correspondientes.

 

● Inscripción:

  1. Para inscribirse en la convocatoria, ingresar a http://becas.academica.uner.edu.ar/becas/login.php
  2. Completar los datos y adjuntar la documentación de acuerdo al tipo de beca a solicitar.
    1. Becas Iniciales: adjuntar Curriculum, Aceptación de la Inscripción, Plan de Estudios de la carrera de Posgrado y Plan de Trabajo.
    2. Becas de Renovación: adjuntar el Certificado Analítico, la Declaración Jurada de que la carrera se dictará y el Informe de las Actividades Realizadas.
  3. Guardar y enviar.
  4. Imprimir el formulario generado, firmarlo, escanearlo y subirlo en la sección "Documentación"y presentarlo en el área que la Unidad Académica establezca a tal fin.

 

● Período de inscripción: desde el 8 al 31 de marzo de 2021 inclusive.

● Análisis de las solicitudes en la Facultad: De acuerdo a lo establecido en el Art. 9° de la Ordenanza 390, el Decano eleva las solicitudes al Consejo Directivo de la Facultad en la primera reunión siguiente a la presentación y éste deberá expedirse, con dictamen fundado, sobre la aceptación o rechazo de las mismas y determinar un orden de mérito en caso de existir más de un solicitante, en base a las prioridades fijadas al efecto por la unidad académica.
La Resolución de Consejo Directivo deberá ser remitida a Secretaría Académica de Rectorado a los fines de arbitrar el otorgamiento de las Becas por el Consejo Superior de la Universidad.

● Evaluación de las becas otorgadas

  • - Una vez terminado el posgrado, el/la beneficiario/a debe presentar un Informe Final de Actividades Realizadas y el título obtenido (en su defecto, certificado de título en trámite). Además, deberá permanecer en la institución a fin de transferir los conocimientos adquiridos la misma cantidad de años que hubiese sido subsidiado por esta universidad. Los/as beneficiarios/as pueden ser exceptuados de este requisito por el Consejo Superior y por razones debidamente fundamentadas. En caso de incumplimiento, la universidad tiene derecho a solicitar la devolución de los montos percibidos, más el total del monto de la beca actualizado, previa evaluación e informe de los órganos técnicos correspondientes. (Arts. 18° y 19° Ordenanza 390)
  • - Las unidades académicas remitirán los informes a Secretaría Académica para su elevación al Consejo Superior.
  • - Las becas pueden ser suspendidas o anuladas a solicitud fundada de la unidad académica o Rectorado, según corresponda, en los siguientes casos: a) Incumplimiento del plan de trabajo aprobado para el otorgamiento de la beca. b) Imposibilidad manifiesta de continuar (sujeto a comprobación). e) Falta de presentación o rechazo del correspondiente informe anual de actividades al que alude el Artículo 14. d) Licencia o renuncia. (Art. 16° Ordenanza 390).

 

 

 

 

 

 

 

 




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