Se abrió la Primera Convocatoria a Becas de Cuarto Nivel 2022, para docentes ordinarios/as e interinos/as y el personal administrativo y de servicios de planta permanente o transitoria que posean DOS (2) años de antigüedad en la institución.
A continuación se detallan características de la convocatoria a tener en cuenta:
Tipos de Becas
- Iniciales
- De Renovación
Criterios generales para el otorgamiento de becas:
- Vinculación entre la formación requerida y el ámbito de ejercicio de la docencia o pertinente a las funciones que desempeñe el/la docente (Art. 4° Ordenanza 390).
- Vacancia de Recursos Humanos con formación de posgrado en áreas disciplinarias o en áreas de desarrollo técnico-administrativo prioritarias para la institución (Art. 4° Ordenanza 390).
- Acreditación de las carreras a financiar por la CONEAU.
- Las carreras a financiar no deben estar alcanzadas por otro programas de la UNER destinado a fortalecer el posgrado.
- Las becas se otorgarán de acuerdo al presupuesto que anualmente establezca el Consejo Superior (Art. 1. Ordenanza 390)
- Para becas de renovación, haber presentado los informes correspondientes.
Inscripción:
- Para inscribirse en la convocatoria, ingresar a http://becas.academica.uner.edu.ar/becas/login.php
- Completar los datos y adjuntar la documentación de acuerdo al tipo de beca a solicitar.
- Becas Iniciales: adjuntar Curriculum, Aceptación de la Inscripción, Plan de Estudios de la carrera de Posgrado y Plan de Trabajo.
- Becas de Renovación: adjuntar el Certificado Analítico, la Declaración Jurada de que la carrera se dictará y el Informe de las Actividades Realizadas.
- Guardar y enviar.
- Imprimir el formulario generado, firmarlo, escanearlo y subirlo en la sección "Documentación" y presentarlo en el área que la Unidad Académica establezca a tal fin.
Período de inscripción: hasta el 29 de abril de 2022 inclusive.
Análisis de las solicitudes en la Facultad
De acuerdo a lo establecido en el Art. 9° de la Ordenanza 390, el/la Decano/a eleva las solicitudes al Consejo Directivo de la Facultad en la primera reunión siguiente a la presentación y éste deberá expedirse, con dictamen fundado, sobre la aceptación o rechazo de las mismas y determinar un orden de mérito en caso de existir más de un solicitante, en base a las prioridades fijadas al efecto por la unidad académica. La Resolución de Consejo Directivo deberá ser remitida a Secretaría Académica de Rectorado a los fines de arbitrar el otorgamiento de las Becas por el Consejo Superior de la Universidad.