La Cámara de Diputados de la provincia analiza el proyecto impulsado por el Colegio de Ingenieros Especialistas y la FIUNER, que significará un importante reconocimiento para los profesionales de la bioigeniería. Además, Entre Ríos adhirió a la ley nacional de Trazabilidad de Productos Médicos Activos.


Dos iniciativas claves para el desempeño, el reconocimiento y el ordenamiento de la labor de los bioigenieros y bioingenieras en los establecimientos públicos y privados de salud están en tratamiento de la Legislatura entrerriana. Por un lado, el 8 de octubre la Cámara de Diputados sancionó la adhesión a la ley nacional 26.906 de “Régimen de trazabilidad y verificación de aptitud técnica de los productos médicos activos de salud en uso”.

Dicha legislación nacional establece un régimen de trazabilidad de los productos médicos activos, la trazabilidad metrológica de los mismos y la creación o fortalecimiento de los Servicios de Tecnología Biomédica en todo el territorio nacional. Fija las definiciones de cada una de dichas categorías; los tipos, clasificación e identificación de los productos médicos activos, criterios para su habilitación y período de garantía; y la facultad de los Servicios de Tecnología Biomédica para definir la realización de ensayos y verificaciones de los productos, entre otras disposiciones. Puede consultarse aquí.

Además de la adhesión provincial a la ley nacional, en la Cámara de Diputados ingresó el proyecto de ley de Creación de los Servicios de Ingeniería en los Establecimientos de Salud, tanto públicos como privados, de la Provincia de Entre Ríos. Fue promovido desde el Colegio de Ingenieros Especialistas de Entre Ríos (CIEER) y la Facultad de Ingeniería. La FIUNER participó a través del equipo de investigación en Ingeniería Clínica. Los aportes a la redacción del proyecto estuvieron a cargo de los profesores Diego Kadur y Claudia Bonell. El texto se encuentra en tratamiento en la comisión de Salud de Diputados.

Kadur señaló que “hoy en día no hay una obligación legal de que existan departamentos o servicios de ingeniería en establecimientos de salud”, aunque algunas instituciones los tengan. “Por ejemplo, en el Sanatorio La Entrerriana hace 20 años que tenemos el departamento de Ingeniería Biomédica, que tiene funciones similares a las que prevé la ley”, mencionó.

Sobre los impactos de la creación de Servicios de Ingeniería, Kadur estimó que “en algunos lugares va a ordenar lo que se está haciendo; en otros va a crear algo que no existe; y en otros va a permitir que profesionales independientes presten el servicio “pero sin tener un lugar físico, con unas horas a la semana”.

“Más que nada apunta a que haya un responsable del equipamiento médico, una figura que hoy no está muy clara. Para nosotros sería un proceso ordenador”, sintetizó Kadur, y anticipó que la facultad “sería un actor importante a través del Laboratorio de Ensayo y calibración de Equipamiento Médico (Leycem). Para muchos profesionales se crearían espacios laborales y los lugares que tienen estos espacios de ingeniería se fortalecerían mucho”.

Por su parte, la profesora Claudia Bonell, que integra la comisión de Bioingeniería del Colegio de Ingenieros Especialistas, explicó que los productos médicos activos “son todos aquellos que usan la energía como medio de funcionamiento. Hay equipos que tienen funciones de medición: de potenciales eléctricos, de variables fisiológicas, como los oxímetros de pulso, por ejemplo. La ley busca asegurar el estado de mantenimiento o calibración de estos equipos”.

La docente destacó que "la Facultad, que es de donde salen los egresados, intervenga en la formalización o redacción de la ley” y valoró en primer lugar “el reconocimiento a la actividad” que introduce la legislación. “En todos los establecimientos hay equipamiento crítico, que requiere mantenimiento y calibración. El profesional que tiene el alcance o incumbencia para hacerlo es el bioingeniero”, remarcó.

Bonell, finalmente, resaltó la posibilidad de “trabajar los colegios profesionales junto con las instituciones educativas. Somos las mismas personas que estamos interviniendo en distintas instituciones y esta forma de trabajar en conjunto nos potencia”.

Respaldo de la FIUNER

La Facultad de Ingeniería transmitió su respaldo a la creación de los Servicios de Ingeniería mediante una nota dirigida a la Cámara de Diputados. La carta firmada por el decano Diego Campana apunta que “las instalaciones especiales requeridas para el adecuado funcionamiento de los productos y equipamiento médico”, “el asesoramiento y rápida respuesta a los requerimientos técnicos en productos médicos y sus instalaciones asociadas” y “la constante introducción en el mercado de productos médicos basados en nuevas tecnologías y materiales” requieren de “profesionales específicamente formados en estas nuevas tecnologías y materiales, con una visión integral de los requisitos de seguridad y eficacia en el diseño, instalación, puesta en funcionamiento, mantenimiento y verificación”.

A la vez, señala que desde el año 1992 a la fecha nuestra institución ha graduado más de 1.200 bioingenieros/as, “posicionando así a la provincia de Entre Ríos como pionera en el país y la región en esta disciplina”.

Aprobar y reglamentar la ley “es una decisión estratégica para el cuidado de la salud de la sociedad entrerriana”, por lo que la Facultad de Ingeniería se puso “a disposición para brindar el asesoramiento que se requiera desde nuestros conocimientos disciplinares”, consta en la misiva, que puede consultarse aquí.

La ley

Según el proyecto, que puede leerse completo aquí, la ley será aplicación para los Establecimientos de Salud públicos y privados con internación categorías 2 y 3; y sin internación de diagnóstico por imágenes.

A la vez, ordena que los Establecimientos de Salud de la provincia deberán contar con un Servicio de Ingeniería, que “estará a cargo de un Responsable Técnico, quien deberá contar con título de ingeniero, matriculado y habilitado en el Colegio de Ingenieros Especialistas de Entre Ríos, con título de grado con incumbencias específicas en instalaciones de uso hospitalario y equipamiento médico”.

Entre otras funciones, el Servicio de Ingeniería será el responsable de:
Identificar el equipamiento médico
Establecer un plan anual para el mantenimiento del mismo y de las instalaciones de uso hospitalario
Elaborar y aplicar los protocolos o procedimientos que respalden las actividades de verificación y/o mantenimiento
Registrar la aplicación de los protocolos o procedimientos
Asesorar para la adquisición del equipamiento e instalaciones
Dictaminar el alta y baja del equipamiento médico
Capacitar a los usuarios del equipamiento médico y de las instalaciones




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